Qué es la mesa de contratación y qué funciones tiene

La mesa de contratación es un órgano colegiado encargado de evaluar las propuestas presentadas por los licitadores en un procedimiento de contratación pública, conforme al artículo 168 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público (LCSP). Su función principal es determinar la clasificación de los ofertantes según los criterios establecidos en el pliego, analizar la viabilidad técnica y económica de las propuestas, y emitir un informe que permita al órgano de contratación tomar una decisión sobre la adjudicación. La mesa está compuesta por un número impar de miembros, al menos tres, designados por el órgano de contratación, y debe incluir al menos un técnico especializado en la materia objeto del contrato. Sus funciones incluyen: evaluar la documentación técnica y económica; verificar la conformidad con los requisitos del pliego; proponer la clasificación de los licitadores; analizar posibles irregularidades o incumplimientos; y emitir informes motivados sobre las propuestas. La mesa debe actuar con imparcialidad, transparencia y sin conflictos de intereses. Su informe es un elemento clave para la toma de decisión del órgano de contratación, quien debe justificar su elección en el acto de adjudicación.

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