Qué es la garantía definitiva y cuánto es
La garantía definitiva es una obligación del adjudicatario de garantizar el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, incluyendo la entrega de obra o servicio conforme al pliego, la subsanación de defectos y la reparación de daños. Se establece en el artículo 215 de la LCSP y debe cubrir al menos el 5% del valor estimado de la obra o servicio, salvo que se trate de obras menores o servicios de bajo riesgo, en cuyo caso puede reducirse al 2%. La garantía definitiva se paga antes de la finalización del contrato y se mantiene durante un plazo mínimo de dos años desde la fecha de recepción de la obra o servicio, salvo que se pacte un plazo superior en el pliego. Su cobertura incluye también la responsabilidad por incumplimiento de obligaciones contractuales, como la garantía de no subcontratación indebida o la conservación del estado inicial del lugar. La garantía definitiva puede ser constituida mediante fianza bancaria, seguro o depósito en cuenta, conforme al artículo 216 LCSP.
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